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Oficina para la solución de controversias
Una controversia surge cuando los padres o los funcionarios no logran llegar a un consenso sobre una determinación, servicio, acción o asunto relacionado a la educación de su hijo(a) o cuando los padres no están satisfechos con las acciones realizadas por el programa de educación especial o los funcionarios del DEPR.
CUANDO SURGE UNA CONTROVERSIA EL DEPR TIENE VARIOS MECANISMOS PARA RESOLVER. ELLAS SON:

Mediación previa

Querella administrativa

Queja
Oficina de Remedio Provisional
El Remedio Provisional (RP) es un mecanismo creado como alternativa provisional para ofrecer determinados servicios relacionados y/o suplementarios a aquellos estudiantes que, sin duda tienen derecho al servicio y cuyo único impedimento para recibirlo es que el DEPR no puede ofrecerlo en el momento en que se determina su necesidad.
El RP está disponible tanto para los padres, funcionarios escolares y jueces administrativos. Las directrices para ofrecer el RP, los procedimientos para solicitarlo, así como el detalle de estos servicios están descritos en el Reglamento operacional del procedimiento de remedio provisional.
Portal de padres del programa de educación Especial
PROCESO DE CREACIÓN DE CUENTA
Documentos para descargar
Solicitud
SAEE-09 Solicitud de remedio provisional
Directorio Telefónico
Directorio Telefónico 2020-2021
Información
Documentos para proveedores
de Remedio Provisional
Manual el proveedor de remedio provisional
Información de contacto
Teléfonos: 787-773-6246 / 787-773-6157/ 787-773-6163/ 787-773-6273/ 787-773-3653 / 787-773-3597 / 787-773-2200 /
Mail: serviciosee_uspqrp@de.pr.gov
Departamento de Educación
Ubicación: Unidad Secretarial del Procedimiento de Querellas y Remedio Provisional
131 Calle Federico Costa
Suite 100, San Juan P.R. 00919