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- Preguntas sobre las Propuestas Competitivas bajo la Ley de Innovación y Oportunidad para la Fuerza Laboral
AVISO
TERCERA CONVOCATORIA
Disponibilidad de Fondos para Propuestas Competitivas bajo la Ley de Innovación y Oportunidad para la Fuerza Laboral (WIOA): Programas de la Ley de Educación de Adultos y Alfabetización Familiar (AEFLA)
El Programa de Educación para Adultos (PEA) del Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) ofrece oportunidades educativas a jóvenes y adultos, mayores de 16 años, que no asisten a la escuela y desean comenzar, continuar su educación o calificar para un trabajo. Estos fondos están disponibles a través de la Ley de Innovación y Oportunidad para la Fuerza Laboral (WIOA, por sus siglas en inglés), Título II, Ley de Educación de Adultos y Alfabetización Familiar (AEFLA, por sus siglas en inglés).
La misión del PEA es contribuir para que los servicios educativos sean de excelencia y ayuden al estudiante adulto a desarrollar y expandir sus habilidades para continuar estudios postsecundarios, que pueda ser competitivo en el mundo del trabajo y pueda enfrentar con éxito los cambios en el mundo actual.
El Departamento de Educación federal asigna fondos de la Ley WIOA, Título II, de AEFLA al DEPR. Los fondos de las secciones 225, 231 y 243 de WIOA están disponibles para cumplir con las siguientes prioridades estatales:
· reducir el analfabetismo de adultos;
· mejorar el nivel de educación en adultos que no asisten a la escuela;
· mejorar el dominio de las habilidades del inglés en adultos;
· ofrecer actividades de alfabetización familiar;
· ofrecer educación de adultos en el lugar de trabajo y actividades de alfabetización;
· ofrecer servicios educativos a adultos sin hogar, ancianos y adultos en áreas aisladas o de larga distancia;
· y ampliar las oportunidades para que los inmigrantes obtengan las habilidades necesarias que les permitan cumplir con los requisitos del examen para obtener la ciudadanía.
El DEPR está solicitando propuestas de proveedores elegibles para desarrollar, implementar y mejorar las ofertas en los siguientes programas:
1. Actividades de Educación de Adultos y Alfabetización
2. Educación Correccional y Otros Individuos Institucionalizados
3. Educación Integrada de Alfabetización y Educación Cívica
4. Educación y Capacitación Integradas
5. Preparación para la fuerza laborar
El DEPR debe otorgar fondos a través de un proceso competitivo de subvención a los proveedores/solicitantes locales elegibles para el desarrollo, la implementación y el mejoramiento de las actividades de educación y alfabetización de adultos dentro de Puerto Rico. Cada proveedor elegible que recibe una subvención debe usar los fondos para establecer u operar programas que brinden educación de adultos y actividades de alfabetización, incluidos los programas que brindan dichas actividades concurrentemente.
El período de solicitud de subvención será de hasta tres (3) años y está sujeto a la disponibilidad de fondos federales y si el subcesionario cumple con todos los requisitos del programa (Programa de Educación para Adultos, Programa de Educación Integrada de Alfabetización y Educación Cívica y Programa de Educación Correccional).
Un “proveedor elegible” para presentar propuestas se define como una organización que ha demostrado efectividad en la provisión de educación para adultos y actividades de alfabetización. Estas organizaciones pueden incluir, pero no están limitadas a:
· una organización basada en la comunidad o una organización basada en la fe;
· una organización de alfabetización voluntaria;
· una institución de educación superior;
· una agencia pública o privada sin fines de lucro;
· una biblioteca;
· una autoridad de vivienda pública;
· una institución sin fines de lucro que no se describe en ninguno de los puntos anteriores y tiene la capacidad de proveer educación de adultos y actividades de alfabetización a personas elegibles;
· un consorcio o coalición de las agencias, organizaciones, instituciones, bibliotecas o autoridades descritas en cualquiera de los puntos anteriores; y
· una sociedad entre un patrono y una entidad descrita en cualquiera de los puntos anteriores.
El PEA y la Secretaría Auxiliar de Asuntos Federales (SAAF) ofrecerán una reunión de orientación sobre esta convocatoria y los documentos necesarios para la preparación de las propuestas a las entidades elegibles el jueves 28 de febrero de 2019, a las 9:00 a. m. en la sala de reuniones #2 de la Oficina Regional Educativa (ORE) de San Juan, piso 5, antigua sede, Hato Rey, Puerto Rico.
Para más información, sobre el Formulario de Solicitud o sobre la convocatoria, puede llamar al (787) 773-2380. El paquete informativo, las instrucciones y el formulario estarán disponibles en la página web del DEPR (https://www.de.pr.gov/asuntos-federales) o a través del correo electrónico: ayuda_propuesta@de.pr.gov.
La fecha límite para enviar preguntas a través de: ayuda_propuesta@de.pr.gov será el jueves14 de marzo de 2019.
La aprobación de propuestas subvencionadas por el programa incluido en esta convocatoria estará sujeta a la disponibilidad de fondos.
La fecha límite para someter las propuestas será el jueves 28 de marzo de 2019 en el área del correo de la SAAF. Se aceptarán las propuestas entregadas a la mano o utilizando el sistema de entrega del correo federal o privado, que estén debidamente radicadas en la SAAF en la fecha antes indicada. Las propuestas deberán ser dirigidas a la Lcda. Yanín M. Dieppa Perea, secretaria auxiliar de la SAAF, a la siguiente dirección física:
Calle Federico Costa # 150
Hato Rey, Puerto Rico, 00919-0759
Cada proponente debe someter la propuesta en original y tres (3) copias no encuadernadas, preferiblemente con sujetador de metal (binder clip), y una copia en formato digital (“CD” o pen drive).
No se aceptarán propuestas luego de la fecha establecida. Tampoco se aceptarán enmiendas al documento de la propuesta después de que haya sido radicado. Cada propuesta será evaluada de acuerdo con los criterios establecidos por el DEPR.
El DEPR se reserva el derecho a sustituir o modificar el concepto de la propuesta en igualdad de condiciones o de cancelar la iniciativa. Asimismo, podrá utilizar las propuestas aprobadas como modelos de proyectos o prácticas efectivas. Además, se reserva el derecho de rechazar o denegar solicitudes que no cumplan con los requisitos que aparecen en esta convocatoria o en los documentos del paquete informativo que estará disponible en la SAAF o con las disposiciones de ley y los reglamentos estatales o federales aplicables al programa que provee los fondos.
Julia B. Keleher, Ed. D.
Secretaria
El Departamento de Educación no discrimina de ninguna manera por razón de edad, raza, color, sexo, nacimiento, condición de veterano, ideología política o religiosa, origen o condición social, orientación sexual o identidad de género, discapacidad o impedimento físico o mental; ni por ser víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho.