AVISO
DISPONIBILIDAD DE FONDOS PARA PROPUESTAS NUEVAS COMPETITIVAS BAJO EL PROGRAMA TÍTULO IV, PARTE B, “21ST CENTURY COMMUNITY LEARNING CENTERS” DE LA LEY DE EDUCACIÓN ELEMENTAL Y SECUNDARIA (ESEA) DEL 1965, SEGÚN ENMENDADA
El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) solicita propuestas competitivas para proveer servicios que cumplan con los propósitos y requisitos del Programa 21st Century Community Learning Centers (21st CCLC) bajo Título IV, Parte B de la Ley de Educación Elemental y Secundaria de 1965 (ESEA), según enmendada por la Ley Cada Estudiante Triunfa (Every Student Succeeds Act, ESSA) del 2015.
Propósitos de la Ley
- Proveer oportunidades de enriquecimiento académico incluyendo servicios de tutorías para ayudar a los estudiantes, particularmente a aquellos que asisten a escuelas de bajo desempeño, a alcanzar los estándares académicos del estado.
- Proveer una amplia gama de servicios, programas y actividades adicionales, tales como: desarrollo juvenil, aprendizaje en servicio, nutrición, salud, prevención de drogas y violencia, consejería, arte, música, programas de bienestar y educación física, tecnología, alfabetización financiera, alfabetización ambiental, matemáticas, ciencias, carreras técnicas y profesionales, internados o de formación y otros vínculos con sectores industriales de alta demanda u ocupaciones para estudiantes de escuela superior. Deben estar diseñados para reforzar y complementar el programa académico regular de los estudiantes participantes.
- Proveer a las familias de los estudiantes servidos por los 21st CCLC oportunidades de participación activa y significativa en la educación de sus hijos incluyendo oportunidades de alfabetización y desarrollo educativo relacionado.
Actividades autorizadas
- programas de aprendizaje de enriquecimiento académico, programas de mentoría, actividades de educación remedial y servicios de tutorías alineados con:
- los estándares académicos estatales y cualquier otro estándar académico local,
- el currículo local diseñado para mejorar el aprovechamiento académico de los estudiantes;
- actividades educativas de formación integral incluyendo actividades que les permitan a los estudiantes ser elegibles para la recuperación de créditos o su obtención;
- programas de alfabetización educativa incluyendo programas de alfabetización financiera y programas de alfabetización ambiental;
- programas que apoyen estilos de vida activos y saludables incluyendo educación nutricional y programas regulares y estructurados de actividad física;
- servicios para individuos con discapacidades;
- programas que provean actividades en horario extendido para aprendices del idioma español que enfaticen el aprovechamiento académico y las destrezas del lenguaje;
- programas culturales;
- programas educativos en telecomunicaciones y tecnología;
- servicios de biblioteca en horario extendido;
- destrezas en habilidades de crianza (aptitudes parentales);
- programas que provean asistencia a estudiantes con ausencias/tardanzas crónicas, suspendidos o expulsados que les permitan mejorar su aprovechamiento académico;
- programas de prevención de drogas y violencia y programas de consejería;
- programas que construyan destrezas en ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas (referido en este párrafo como STEM) incluyendo ciencias de la computación y que promuevan la innovación en el aprendizaje apoyando métodos de enseñanza no tradicionales en la educación STEM;
- programas en colaboración con la fuerza laboral local en campos de trabajo en demanda o que construyan competencias laborales y preparación en carreras asegurando que estén alineados con el Carl D. Perkins Career and Technical Education Act of 2006 (20 U.S.C. 2301 et seg.) y con el Workforce Innovation and Opportunity Act (29 U.S.C. 3101 et seg.).
Los servicios deben brindarse durante horario extendido o en períodos en los que las escuelas no están en sesión según autorizado por el DEPR (tales como: antes y después del horario regular, fines de semana, días feriados y el verano). El mínimo de participantes requerido por centro es de 60.
Esta convocatoria es exclusivamente para propuestas nuevas, las cuales podrán ser sometidas para continuación por un período máximo de tres (3) años. La continuidad de estos proyectos, desde su segundo hasta su tercer año, dependerá de la ejecución del proponente y de la disponibilidad de fondos del programa.
Las entidades elegibles para presentar las propuestas pueden ser:
- escuelas públicas, distritos escolares, municipios, otras entidades gubernamentales,
- escuelas privadas,
- organizaciones de base de fe,
- organizaciones de base comunitaria,
- instituciones de educación superior,
- entidades con fines de lucro, debidamente incorporadas, y
- entidades sin fines de lucro, debidamente incorporadas.
Individuos no son elegibles para presentar propuestas.
Las organizaciones de base de fe, organizaciones de base comunitaria, instituciones de educación secundaria y entidades públicas o privadas con o sin fines de lucro deberán asociarse con, al menos, una (1) y hasta cinco (5) escuelas bajo la modalidad Schoolwide o con un 40 % o más de estudiantes provenientes de familias bajo el nivel de pobreza para ser elegibles.
El DEPR se asegurará de que las entidades o firmas seleccionadas tengan la capacidad de proveer los servicios de forma responsable y con éxito, bajo los términos y condiciones de la convocatoria y los contratos que se otorguen. Se tomará en consideración:
- integridad,
- experiencia,
- cumplimiento con la Política Pública,
- registro de pasadas ejecuciones y
- solidez financiera (Recursos financieros y técnicos de la institución).
La Secretaría Auxiliar de Asuntos Federales (SAAF) ofrecerá una reunión de orientación sobre esta convocatoria y los documentos necesarios para la preparación de las propuestas el miércoles 31 de octubre de 2018,a las9:00 a. m. en el Anexo de la biblioteca del Instituto Tecnológico de San Juan, calle Alegría final, Urb. Las Virtudes, San Juan. Contamos espacios limitados; solo se permitirá una persona por entidad en la orientación.
Para más información, sobre el Formulario de Solicitud o sobre la convocatoria, puede llamar al (787) 773-2380. El Formulario de Solicitud y toda la información relacionada a esta convocatoria estará disponible a través del siguiente enlace: https://www.de.pr.gov/asuntos-federales a partir de la fecha de la orientación.
La aprobación de propuestas subvencionadas por el programa incluido en esta convocatoria estará sujeta a la disponibilidad de fondos.
Para obtener información sobre la Ley ESSA, puede acceder a través de la Internet a la siguiente dirección: www.ed.gov.
La fecha límite para someter las propuestas será el martes 27 de noviembre de 2018 en el área del correo de la SAAF. Se aceptarán las propuestas entregadas a la mano en la SAAF o utilizando el sistema de entregadel correo federal o privado, que estén debidamente radicadas en la fecha antes indicada. Las propuestas deberán ser dirigidas a la Lcda. Yanín M. Dieppa Perea, secretaria auxiliar SAAF a la siguiente dirección física:
Calle Federico Costa # 150
Hato Rey, Puerto Rico, 00919-0759
Cada proponente debe someter la propuesta en original y tres (3) copias no encuadernadas, preferiblemente con sujetador de metal (binder clip), y una copia en formato digital (CD o pendrive).
No se aceptarán propuestas luego de la fecha establecida. Tampoco se aceptarán enmiendas al documento de la propuesta después que haya sido radicado. Cada propuesta será evaluada de acuerdo con los criterios establecidos por el DEPR. La determinación de las propuestas adjudicadas es inapelable. El DEPR se reserva el derecho a sustituir o modificar el concepto de la propuesta en igualdad de condiciones o cancelar la iniciativa. Asimismo, podrá utilizar las propuestas aprobadas como modelos de proyectos o prácticas efectivas.
El DEPR se reserva el derecho de rechazar o denegar solicitudes que no cumplan con los requisitos que aparecen en esta convocatoria o en los documentos del paquete informativo que estará disponible en la SAAF o con las disposiciones de ley y los reglamentos estatales o federales aplicables al programa que provee los fondos.
Julia B. Keleher, Ed. D.
Secretaria
21st PRESENTACION 21ST CCLC 2018_final
CRITERIOS_DE_EVALUACION_PROGRAMATICA_21stCCLC_2da_convocatoria