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Programa Educativo Individualizado

A todo niño o joven que resulte elegible para servicios de educación especial se le prepara un Programa Educativo Individualizado PEI. En el PEI se establecen los servicios educativos y relacionados que habrán de constituir el programa educativo del niño o joven por un periodo no mayor de un año.  Al principio del año escolar todo estudiante con impedimentos debe contar con un Programa Educativo Individualizado vigente. Para conocer mejor lo que es un Programa Educativo Individualizado, las responsabiidades de agencias y padres, y otros pormenores incluimos al pie de este artículo el Manual para el Programa Educativo Individualizado PEI. Además encontrará el Formulario que se utiliza para registrar los PEI y la Solicitud para fondos federales para servicios que no están aún al alcance del gobierno estatal.

Para su beneficio proveemos a continuación un resumen de elementos que un PEI puede incluir:

  • Una indicación del nivel de funcionamiento educativo presente del estudiante, incluyendo:
    • Cómo las necesidades que resultan del impedimento afectan su participación y progreso en el currículo general, o;
    • para niños preescolares, según sea apropiado, cómo las necesidades que resultan del impedimento afectan la participación de éste en actividades propias a su edad.
  • metas anuales medibles y objetivos a corto plazo dirigidos a:
    • llenar aquellas necesidades del niño que resultan de su impedimento de forma que le permitan participar y progresar en el currículo general.
    • llenar el resto de las necesidades educativas del niño que resultan de su impedimento.
  • una indicación de los servicios de educación especial y servicios relacionados que el niño necesita, incluyendo modificaciones al programa y servicios de apoyo necesarios para éste o para el personal que le provee los servicios, para que éste logre las metas anuales, participe y progrese en el currículo general, participe en las actividades extracurriculares y otras actividades no académicas.
  • una explicación de las actividades académicas, no académicas y extracurriculares en las que el estudiante no participará, si alguna, y las razones para esto.
  • una explicación de cualquier modificación o acomodo necesario para la participación del estudiante en los programas de medición a nivel local o estatal. Si el Comité de Programación y Ubicación de Educación Especial (COMPU) determina que no es apropiada la participación del estudiante en dichos programas de medición, redactar una declaración de:
    • las razones para esta determinación
    • el método alterno que se utilizará para evaluar el progreso del estudiante
  • una estimado de fecha de inicio, frecuencia, lugar y duración anticipada de los servicios.
  • una indicación de cómo se medirá el progreso del estudiante hacia el logro de las metas anuales, cómo se informará a los padres sobre el progreso de su hijo(a) y en qué medida dicho progreso es suficiente para permitir que alcance las metas establecidas al final del año escolar.
  • para estudiantes de 14 años, o antes de ser apropiado, una indicación anual de las necesidades de servicios de transición relacionada con su programa de estudios (tales como participación en cursos avanzados o programa de estudio vocacional).
  • para estudinates de 16 años, o antes de ser apropiado, los servicios de transición a ser provistos incluyendo, de ser apropiado, una declaración de la responsabilidad interagencial o cualquier enlace necesario.
  • una declaración de que se le ha informado al estudiante y sus padres sobre la transferencia de derechos al cumplir la mayoría de edad, al menos un año antes de que esto ocurra, de ser apropiado.

COMITÉ DE PROGRAMACIÓN Y UBICACIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL (COMPU)

El Programa Educacional Individualizado es preparado por un comité de Programación y Ubicación de Educación Especial, (COMPU). El Comité debe estar compuesto por:

  • los padres del niño(a) o joven
  • al menos un maestro regular del estudiante
  • al menos un maestro de educación especial
  • un representante de la agencia pública que pueda proveer o supervisar la prestación de los servicios de educación epecial, que teng conocimientos sobre el currículo general y conozca la disponibilidad de recursos
  • una persona que pueda interpretar las implicaciones educativas de los resultados de las evaluaciones (puede ser uno de los maestros o rpresentantes de la agencia)
  • otras personas que conozcan o tengan experiencia relacionada con las necesidades del niño(a) o joven, a discreción de los padres o la agencia
  • el estudiante, de ser apropiado.

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