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Oficina para la solución de controversias
Una controversia surge cuando los padres o los funcionarios no logran llegar a un consenso sobre una determinación, servicio, acción o asunto relacionado a la educación de su hijo(a) o cuando los padres no están satisfechos con las acciones realizadas por el programa de educación especial o los funcionarios del DEPR.
CUANDO SURGE UNA CONTROVERSIA EL DEPR TIENE VARIOS MECANISMOS PARA RESOLVER. ELLAS SON:

Mediación previa

Querella administrativa

Queja
Oficina de Remedio Provisional
El Remedio Provisional (RP) es un mecanismo creado como alternativa provisional para ofrecer determinados servicios relacionados y/o suplementarios a aquellos estudiantes que, sin duda tienen derecho al servicio y cuyo único impedimento para recibirlo es que el DEPR no puede ofrecerlo en el momento en que se determina su necesidad.
El RP está disponible tanto para los padres, funcionarios escolares y jueces administrativos. Las directrices para ofrecer el RP, los procedimientos para solicitarlo, así como el detalle de estos servicios están descritos en el Reglamento operacional del procedimiento de remedio provisional.
Portal de padres del programa de educación Especial
PROCESO DE CREACIÓN DE CUENTA
Documentos para descargar

Información de contacto
Teléfonos: 787-759-2000 y seleccionar #3 en el cuadro telefónico o dirigirse a alguna de estas extensiones: 4625505,4625513,4625510,4625525
E-mail: serviciosee_uspqrp@de.pr.gov
Ubicación: Unidad Secretarial del Procedimiento de Querellas y Remedio Provisional, 131 Calle Federico Costa Suite 100, San Juan P.R. 00919